lunes, 24 de abril de 2017

ORIGEN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL

Ley 29 de 1905 estableció la pensión de jubilación.
Ley 57 de 1915 accidentes de trabajo.
Ley 46 de 1918 Habitaciones de los obreros.
Ley 78 de 1919 Huelga y contratación colectiva el estado no estaba obligado a garantizarla o protegerla.

CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO (CST)

Contiene tres grandes aspectos en el campo del derecho social.
  • Derecho individual del trabajo.
  • Derecho colectivo del trabajo.
  • Sistema de seguridad social integral.
DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO: Abarca todos los derechos y obligaciones que asisten a los trabajadores con respecto a sus empleadores, y a los derechos y obligaciones que asisten a estos con respecto a sus trabajadores.

DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO: Contiene todos los derechos y obligaciones que surgen entre empleadores y trabajadores organizados en sindicatos o asociaciones profesionales.

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL: Tiene como objeto garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad, para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana,mediante la protección de las contingencias que la afectan.

SERVIDORES PÚBLICOS:
Son aquellas personas que prestan sus servicios a la Nación, a los departamentos, al Distrito Capital de Bogotá, a los municipios y a las entidades descentralizadas y que se vinculan a la administración mediante un acto administrativo de nombramiento y posesión, o mediante elección popular, tal como ocurre con el presidente de la República, lo senadores y representantes, los gobernadores y los alcaldes.

¿QUÉ ES TRABAJO?
Es toda actividad humana, libre, lícita, ya se material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra natural o jurídica, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo.
APLICACIÓN DE LAS NORMAS: 
Todo empleador está obligado a observar las leyes laborales que rigen en Colombia. La correcta aplicación influye en la buena marcha de su empresa y redunda en beneficio de las relaciones con sus trabajadores.
La no aplicación de las normas laborales, o su aplicación incorrecta, trae como consecuencia, para el empleador imposición de multas y sanciones por parte de las autoridades del ramo.



TOMADO DE: Documento origen de la legislación laboral.

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